Esta podría ser una traducción automática (Versión original)
El alquiler que ofrece el propietario es exclusivamente temporal, por lo que los inquilinos deben acreditar la temporalidad de su estancia con documentación. Esto se aplica a trabajadores remotos, empleados con contrato de duración limitada, estudiantes, personas en tratamiento médico o con viviendas en reforma. TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA:Tiene que hacer un documento firmado y sellado con la dirección fiscal donde factura, si tiene una sociedad creada o un logotipo debería incluirlo, es muy importante que esté firmado y sellado con su ID fiscal. TRABAJADORES POR CUENTA AJENA: su empresa en la que trabaja le debe certificar la duración de su estancia mediante un documento firmado. ESTUDIANTES: deben presentar la matrícula con la duración de sus estudios. Para todos los casos, deben presentar lo expresado arriba en el texto dependiendo cual sea tu situación, más Documento de Identidad, Prueba de Solvencia y Carta de Aceptación de la Universidad si vienes por estudios. Este requisito responde a una nueva ley que obliga a justificar el carácter temporal del alquiler, evitando su uso para eludir la normativa de alquileres de larga duración.